20 días de vacaciones al año: conoce tus derechos laborales
¿Estás pensando en tomarte unas merecidas vacaciones pero no estás seguro de cuántos días te corresponden? No te preocupes, en este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre tus derechos laborales en cuanto a vacaciones.
- ¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
- ¿Cómo se calculan las vacaciones?
- ¿Cuándo puedo tomar mis vacaciones?
- ¿Qué sucede si no tomo mis vacaciones?
- ¿Qué sucede si me despiden antes de tomar mis vacaciones?
- ¿Puedo renunciar a mis vacaciones?
- ¿Puedo trabajar durante mis vacaciones?
- ¿Puedo acumular mis vacaciones?
- ¿Qué pasa si tengo un contrato por obra o por tiempo determinado?
- ¿Qué sucede si trabajo en una empresa extranjera?
- Conclusión
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Preguntas frecuentes
- 1. ¿Puedo tomar mis vacaciones en cualquier momento del año?
- 2. ¿Puedo dividir mis vacaciones en varios periodos?
- 3. ¿Puedo renunciar a mis vacaciones?
- 4. ¿Qué sucede si no tomo mis vacaciones?
- 5. ¿Puedo trabajar durante mis vacaciones?
- 6. ¿Puedo acumular mis vacaciones?
- 7. ¿Qué sucede si trabajo en una empresa extranjera?
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
Según el artículo 190 de la Ley Federal del Trabajo en México, todo trabajador tiene derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual no podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después de cuatro años de servicios, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
En otras palabras, después de cuatro años de trabajos continuos, un trabajador tendrá derecho a 20 días de vacaciones al año.
¿Cómo se calculan las vacaciones?
El periodo de vacaciones se calculará tomando como base el salario que el trabajador esté percibiendo al momento de tomarlas, y se otorgarán en una sola exhibición.
¿Cuándo puedo tomar mis vacaciones?
El trabajador deberá tomar sus vacaciones en el periodo que se acuerde con el patrón, y en caso de no haber acuerdo, el patrón tendrá la facultad de fijar las fechas correspondientes.
En general, se recomienda que las vacaciones se tomen en un periodo continuo, pero si el trabajador lo desea, se podrán dividir en dos o más periodos siempre y cuando ninguno sea inferior a seis días laborables.
¿Qué sucede si no tomo mis vacaciones?
Si el trabajador no toma sus vacaciones dentro del periodo correspondiente, el patrón deberá otorgarlas en un plazo no mayor a seis meses contados a partir del vencimiento del periodo correspondiente. Si no lo hace, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente al doble de la remuneración que le correspondería por el periodo de vacaciones.
¿Qué sucede si me despiden antes de tomar mis vacaciones?
Si el trabajador es despedido antes de tomar sus vacaciones, el patrón deberá pagarle una indemnización equivalente a la parte proporcional del periodo correspondiente.
¿Puedo renunciar a mis vacaciones?
No, las vacaciones son un derecho irrenunciable del trabajador. El patrón no podrá exigir al trabajador que renuncie a su derecho a vacaciones.
¿Puedo trabajar durante mis vacaciones?
No, durante el periodo de vacaciones el trabajador no deberá prestar servicios a ningún patrón.
¿Puedo acumular mis vacaciones?
No, el periodo de vacaciones no es acumulable ni compensable en dinero.
¿Qué pasa si tengo un contrato por obra o por tiempo determinado?
El trabajador con un contrato por obra o por tiempo determinado tendrá derecho a un periodo de vacaciones proporcional al tiempo trabajado, el cual se calculará de acuerdo con lo establecido en la ley.
¿Qué sucede si trabajo en una empresa extranjera?
Si el trabajador presta servicios en una empresa extranjera, se regirá por las leyes del país en el que se encuentre, siempre y cuando no se afecten los derechos del trabajador establecidos en la legislación mexicana.
Conclusión
Todo trabajador tiene derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual aumentará en dos días laborables hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios, y después de cuatro años de servicios, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios. Es importante recordar que las vacaciones son un derecho irrenunciable del trabajador y que no es posible acumularlas ni compensarlas en dinero.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo tomar mis vacaciones en cualquier momento del año?
No, el trabajador deberá tomar sus vacaciones en el periodo que se acuerde con el patrón, y en caso de no haber acuerdo, el patrón tendrá la facultad de fijar las fechas correspondientes.
2. ¿Puedo dividir mis vacaciones en varios periodos?
Sí, se podrán dividir en dos o más periodos siempre y cuando ninguno sea inferior a seis días laborables.
3. ¿Puedo renunciar a mis vacaciones?
No, las vacaciones son un derecho irrenunciable del trabajador. El patrón no podrá exigir al trabajador que renuncie a su derecho a vacaciones.
4. ¿Qué sucede si no tomo mis vacaciones?
Si el trabajador no toma sus vacaciones dentro del periodo correspondiente, el patrón deberá otorgarlas en un plazo no mayor a seis meses contados a partir del vencimiento del periodo correspondiente. Si no lo hace, deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente al doble de la remuneración que le correspondería por el periodo de vacaciones.
5. ¿Puedo trabajar durante mis vacaciones?
No, durante el periodo de vacaciones el trabajador no deberá prestar servicios a ningún patrón.
6. ¿Puedo acumular mis vacaciones?
No, el periodo de vacaciones no es acumulable ni compensable en dinero.
7. ¿Qué sucede si trabajo en una empresa extranjera?
Si el trabajador presta servicios en una empresa extranjera, se regirá por las leyes del país en el que se encuentre, siempre y cuando no se afecten los derechos del trabajador establecidos en la legislación mexicana.
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