Derecho a ser escuchado: El niño en el Código Civil y Comercial

El derecho a ser escuchado es un aspecto fundamental en la protección de los derechos del niño. En el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, se establece que el niño tiene derecho a ser escuchado en todas las cuestiones que lo afecten, ya sea en el ámbito judicial o extrajudicial.

¿Qué verás en este artículo?

¿Qué significa el derecho a ser escuchado?

El derecho a ser escuchado implica que el niño tenga la posibilidad de expresar su opinión y que esta sea tenida en cuenta en las decisiones que lo afecten. Este derecho se encuentra reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y en la ley argentina.

¿Cómo se garantiza este derecho?

En el ámbito judicial, se garantiza el derecho a ser escuchado a través de la designación de un abogado del niño o un defensor de menores e incapaces. Estos profesionales tienen como función principal representar al niño y hacer valer sus derechos en el proceso judicial.

También se puede garantizar este derecho en el ámbito extrajudicial a través de la designación de un mediador o un equipo interdisciplinario que tenga en cuenta la opinión del niño en las decisiones que se tomen.

¿A partir de qué edad se puede considerar la opinión del niño?

El Código Civil y Comercial establece que el niño tiene derecho a ser escuchado desde que tenga suficiente madurez para poder expresar su opinión. Esto implica que no existe una edad fija a partir de la cual se pueda considerar la opinión del niño, sino que se deberá evaluar cada caso en particular.

¿Qué valor se le da a la opinión del niño?

La opinión del niño tiene un valor fundamental en las decisiones que lo afecten. El Código Civil y Comercial establece que la opinión del niño debe ser tenida en cuenta en función de su grado de madurez y desarrollo, así como de las circunstancias del caso.

¿Qué sucede si el niño no quiere expresar su opinión?

Si el niño no quiere expresar su opinión, se deberá evaluar la situación en particular. En algunos casos, puede ser necesario un trabajo previo con el niño para que se sienta seguro y pueda expresarse. En otros casos, se deberá evaluar si la opinión del niño es necesaria para tomar una decisión.

¿Cómo se protege la privacidad del niño en estos casos?

La privacidad del niño es un aspecto fundamental que se debe proteger en estos casos. El Código Civil y Comercial establece que se deberá garantizar la confidencialidad de las opiniones del niño, salvo que su divulgación sea necesaria para proteger sus derechos.

¿Qué sucede si la opinión del niño va en contra de su propio interés?

En estos casos, se deberá evaluar la situación en particular y determinar si la opinión del niño es coherente con su grado de madurez y desarrollo. Si se considera que la opinión del niño va en contra de su propio interés, se deberá evaluar si existen circunstancias que justifiquen no tener en cuenta su opinión.

Conclusión

El derecho a ser escuchado es un aspecto fundamental en la protección de los derechos del niño. En el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, se establece que el niño tiene derecho a ser escuchado en todas las cuestiones que lo afecten. Este derecho implica que el niño tenga la posibilidad de expresar su opinión y que esta sea tenida en cuenta en las decisiones que lo afecten.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué significa el derecho a ser escuchado?
  2. El derecho a ser escuchado implica que el niño tenga la posibilidad de expresar su opinión y que esta sea tenida en cuenta en las decisiones que lo afecten.

  3. ¿Cómo se garantiza este derecho?
  4. En el ámbito judicial, se garantiza el derecho a ser escuchado a través de la designación de un abogado del niño o un defensor de menores e incapaces. También se puede garantizar este derecho en el ámbito extrajudicial a través de la designación de un mediador o un equipo interdisciplinario que tenga en cuenta la opinión del niño en las decisiones que se tomen.

  5. ¿A partir de qué edad se puede considerar la opinión del niño?
  6. El Código Civil y Comercial establece que el niño tiene derecho a ser escuchado desde que tenga suficiente madurez para poder expresar su opinión.

  7. ¿Qué valor se le da a la opinión del niño?
  8. La opinión del niño tiene un valor fundamental en las decisiones que lo afecten. El Código Civil y Comercial establece que la opinión del niño debe ser tenida en cuenta en función de su grado de madurez y desarrollo, así como de las circunstancias del caso.

  9. ¿Qué sucede si el niño no quiere expresar su opinión?
  10. Si el niño no quiere expresar su opinión, se deberá evaluar la situación en particular. En algunos casos, puede ser necesario un trabajo previo con el niño para que se sienta seguro y pueda expresarse. En otros casos, se deberá evaluar si la opinión del niño es necesaria para tomar una decisión.

  11. ¿Cómo se protege la privacidad del niño en estos casos?
  12. La privacidad del niño es un aspecto fundamental que se debe proteger en estos casos. El Código Civil y Comercial establece que se deberá garantizar la confidencialidad de las opiniones del niño, salvo que su divulgación sea necesaria para proteger sus derechos.

  13. ¿Qué sucede si la opinión del niño va en contra de su propio interés?
  14. En estos casos, se deberá evaluar la situación en particular y determinar si la opinión del niño es coherente con su grado de madurez y desarrollo. Si se considera que la opinión del niño va en contra de su propio interés, se deberá evaluar si existen circunstancias que justifiquen no tener en cuenta su opinión.

Fátima Font

Este autor es una intelectual versátil con conocimientos en Derecho, Historia y Literatura. Estudió Derecho en la Universidad de Harvard y Literatura en la Universidad de Oxford. También pasó un año en el extranjero, estudiando Historia en la Universidad de Berlín. Algunos de los libros publicados por este autor abarcan temas desde el Derecho Internacional hasta la Literatura Clásica. Sus trabajos de investigación han sido publicados en revistas académicas de alto prestigio.

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