Descubre el contenido del artículo 485 del Código Civil

El Código Civil es una ley que regula las relaciones jurídicas entre personas, tanto físicas como jurídicas. En él se encuentran una gran cantidad de artículos que establecen los derechos y obligaciones de cada una de ellas. Uno de esos artículos es el número 485, el cual trata sobre la responsabilidad de los herederos en el pago de las deudas de la persona fallecida. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre él.

¿Qué verás en este artículo?

¿Qué establece el artículo 485 del Código Civil?

El artículo 485 del Código Civil establece que los herederos de una persona fallecida son responsables de pagar las deudas que esta haya contraído en vida, hasta el límite del valor de los bienes heredados. Es decir, si la persona fallecida tenía deudas pendientes al momento de su muerte, sus herederos deberán hacerse cargo de ellas con los bienes que hayan heredado.

¿Qué bienes se tienen en cuenta para el pago de las deudas?

Para determinar los bienes que se tienen en cuenta para el pago de las deudas, se debe hacer una distinción entre los bienes que forman parte de la herencia y los que no. Los bienes que forman parte de la herencia son aquellos que la persona fallecida dejó como herencia a sus herederos. Los que no forman parte de la herencia son aquellos que se transmiten directamente a los herederos, sin necesidad de que se haga una partición de la herencia.

Bienes que forman parte de la herencia:

  • Inmuebles (casas, terrenos, etc.)
  • Vehículos
  • Muebles
  • Cuentas bancarias
  • Inversiones financieras
  • Acciones en empresas

Bienes que no forman parte de la herencia:

  • Seguros de vida
  • Cuentas bancarias conjuntas con derecho a sobrevivir
  • Propiedades en condominio
  • Propiedades con derecho a tanteo y retracto
  • Bienes sujetos a reserva de dominio
  • Bienes que hayan sido donados o cedidos en vida

¿Qué ocurre si la deuda es mayor que el valor de los bienes heredados?

En caso de que la deuda sea mayor que el valor de los bienes heredados, los herederos no tendrán que pagar la diferencia con sus propios bienes, salvo que hayan actuado de mala fe o haya existido fraude en la ocultación de bienes de la herencia.

¿Qué ocurre si hay varios herederos?

En caso de que haya varios herederos, la deuda se dividirá entre ellos en proporción a lo que les corresponda heredar.

¿Qué ocurre si un heredero renuncia a la herencia?

Si uno de los herederos renuncia a la herencia, no será responsable de las deudas de la persona fallecida, pero su parte de la herencia se distribuirá entre los demás herederos.

¿Qué ocurre si la deuda es de origen tributario?

En caso de que la deuda sea de origen tributario, la responsabilidad de los herederos será solidaria, es decir, todos los herederos deberán responder por igual ante la Administración Tributaria.

¿Qué ocurre si la deuda es de origen laboral?

En caso de que la deuda sea de origen laboral, los herederos solo serán responsables si se han beneficiado de los bienes de la herencia y si la deuda no ha prescrito.

Conclusión

El artículo 485 del Código Civil establece la responsabilidad de los herederos en el pago de las deudas de la persona fallecida, hasta el límite del valor de los bienes heredados. Es importante tener en cuenta qué bienes forman parte de la herencia y cuáles no, así como también las consecuencias de renunciar a la herencia o de no pagar deudas de origen tributario o laboral.

Preguntas frecuentes

1. ¿Los herederos son responsables de todas las deudas de la persona fallecida?

No, los herederos son responsables de las deudas que la persona fallecida haya contraído en vida, hasta el límite del valor de los bienes heredados.

2. ¿Qué bienes se tienen en cuenta para el pago de las deudas?

Se tienen en cuenta los bienes que forman parte de la herencia, como inmuebles, vehículos, muebles, cuentas bancarias, inversiones financieras y acciones en empresas.

3. ¿Qué ocurre si la deuda es mayor que el valor de los bienes heredados?

En caso de que la deuda sea mayor que el valor de los bienes heredados, los herederos no tendrán que pagar la diferencia con sus propios bienes, salvo que hayan actuado de mala fe o haya existido fraude en la ocultación de bienes de la herencia.

4. ¿Qué ocurre si un heredero renuncia a la herencia?

Si uno de los herederos renuncia a la herencia, no será responsable de las deudas de la persona fallecida, pero su parte de la herencia se distribuirá entre los demás herederos.

5. ¿Qué ocurre si la deuda es de origen tributario?

En caso de que la deuda sea de origen tributario, la responsabilidad de los herederos será solidaria, es decir, todos los herederos deberán responder por igual ante la Administración Tributaria.

6. ¿Qué ocurre si la deuda es de origen laboral?

En caso de que la deuda sea de origen laboral, los herederos solo serán responsables si se han beneficiado de los bienes de la herencia y si la deuda no ha prescrito.

7. ¿Los herederos pueden negarse a pagar las deudas?

No, los herederos no pueden negarse a pagar las deudas de la persona fallecida, ya que están obligados legalmente a hacerlo hasta el límite del valor de los bienes heredados.

Dulce Gonzalez

Experta en Economía y Finanzas, además de haber trabajado durante varios años como profesora y consultora en estas áreas. Ha escrito numerosos libros, artículos y ensayos sobre temas relacionados con el Derecho, la Economía y la Finanzas, y tiene una amplia experiencia en el campo de la investigación y la enseñanza. Ha sido oradora invitada en numerosos eventos y conferencias, ha sido examinadora de tesis y ha participado activamente en debates públicos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

A continuación le informamos del uso que hacemos de los datos que recabamos mientras navega por nuestras páginas. Puede cambiar sus preferencias, en cualquier momento, accediendo al enlace al Area de Privacidad que encontrará al pie de nuestra página principal. Más información