Exención Impuesto Sucesiones: ¿Cuándo no tienes que pagar?
El Impuesto de Sucesiones es un tributo que se aplica en España cuando se produce una transmisión de bienes y derechos por causa de muerte. Es decir, cuando una persona fallece y deja una herencia a sus familiares o allegados, estos deberán pagar un impuesto por la recepción de esos bienes. Sin embargo, existen ciertos casos en los que se puede solicitar una exención del Impuesto de Sucesiones. En este artículo vamos a explicar cuándo no tienes que pagar este impuesto.
- 1. Herencias entre cónyuges
- 2. Herencias entre ascendientes y descendientes directos
- 3. Herencias entre padres e hijos con discapacidad
- 4. Herencias entre hermanos con discapacidad
- 5. Herencias en comunidades autónomas con bonificaciones
- 6. Herencias de bienes protegidos
- 7. Herencias de bienes no residentes en España
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Preguntas frecuentes
- 1. ¿Qué sucede si no se cumple alguno de los requisitos para la exención del Impuesto de Sucesiones?
- 2. ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones?
- 3. ¿Cómo se solicita la exención del Impuesto de Sucesiones?
- 4. ¿Qué documentos se necesitan para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones?
- 5. ¿Cuánto se ahorra en el Impuesto de Sucesiones con la exención?
- 6. ¿Qué sucede si la herencia no está exenta del Impuesto de Sucesiones?
- 7. ¿Cómo puedo informarme sobre las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones en mi comunidad autónoma?
1. Herencias entre cónyuges
Una de las principales excepciones para la exención del Impuesto de Sucesiones es la herencia entre cónyuges. Cuando un cónyuge fallece y deja su herencia al otro, este no tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones. Esta exención también se aplica en caso de parejas de hecho que estén registradas como tal.
2. Herencias entre ascendientes y descendientes directos
Otra excepción para la exención del Impuesto de Sucesiones es la herencia entre ascendientes y descendientes directos. Es decir, cuando un padre fallece y deja su herencia a sus hijos, estos no tienen que pagar el Impuesto de Sucesiones. Esta exención también se aplica en caso de abuelos y nietos, siempre y cuando no haya otros hijos o descendientes directos con derechos a la herencia.
3. Herencias entre padres e hijos con discapacidad
En caso de que el hijo o hija tenga una discapacidad igual o superior al 33%, se puede solicitar una exención del Impuesto de Sucesiones. Esta exención también se aplica en caso de que el padre o la madre tenga una discapacidad igual o superior al 65% y reciba la herencia de su hijo.
4. Herencias entre hermanos con discapacidad
En caso de que el hermano o hermana tenga una discapacidad igual o superior al 33%, se puede solicitar una exención del Impuesto de Sucesiones. Esta exención también se aplica en caso de que el hermano o hermana tenga una discapacidad igual o superior al 65% y reciba la herencia de otro hermano o hermana que haya fallecido.
5. Herencias en comunidades autónomas con bonificaciones
En algunas comunidades autónomas existen bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se aplica una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones entre padres e hijos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Es importante informarse sobre las bonificaciones que existen en cada comunidad autónoma.
6. Herencias de bienes protegidos
Cuando un bien está protegido por la ley, como puede ser el caso de un bien de interés cultural o un bien catalogado como Patrimonio Histórico, se puede solicitar una exención del Impuesto de Sucesiones.
7. Herencias de bienes no residentes en España
En caso de que el fallecido tuviera bienes no residentes en España, como puede ser el caso de una vivienda en el extranjero, se puede solicitar una exención del Impuesto de Sucesiones.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué sucede si no se cumple alguno de los requisitos para la exención del Impuesto de Sucesiones?
En caso de no cumplir alguno de los requisitos para la exención del Impuesto de Sucesiones, se deberá pagar el impuesto correspondiente al valor de la herencia recibida.
2. ¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones?
El plazo para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones varía según la comunidad autónoma, aunque suele ser de unos 6 meses desde el fallecimiento del familiar.
3. ¿Cómo se solicita la exención del Impuesto de Sucesiones?
La solicitud de exención del Impuesto de Sucesiones se realiza a través de la declaración de la herencia en la que se indique que se cumplen los requisitos para la exención.
4. ¿Qué documentos se necesitan para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones?
Los documentos necesarios para solicitar la exención del Impuesto de Sucesiones pueden variar según la comunidad autónoma. En general se necesitará la partida de defunción, el testamento, el certificado de últimas voluntades y el certificado de seguros de vida.
5. ¿Cuánto se ahorra en el Impuesto de Sucesiones con la exención?
El ahorro en el Impuesto de Sucesiones con la exención dependerá del valor de la herencia y de la comunidad autónoma en la que se solicite la exención. En general, pueden oscilar entre el 99% y el 100% del impuesto a pagar.
6. ¿Qué sucede si la herencia no está exenta del Impuesto de Sucesiones?
En caso de que la herencia no esté exenta del Impuesto de Sucesiones, se deberá pagar un porcentaje sobre el valor de la herencia recibida. Este porcentaje variará según la comunidad autónoma y el valor de la herencia.
7. ¿Cómo puedo informarme sobre las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones en mi comunidad autónoma?
Para informarse sobre las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones en tu comunidad autónoma, puedes acudir a la web de la Consejería de Hacienda o de la Agencia Tributaria de tu comunidad autónoma. También puedes consultar con un asesor fiscal.
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